Estimado/a Colegiado/a,
En referencia a la declaración de la Renta, recordamos que las cuotas satisfechas a colegios profesionales son gastos deducibles en la declaración de la Renta, cuando la colegiación tenga carácter obligatorio para el desempeño del trabajo, en la parte que corresponda a los fines esenciales de estas Instituciones, con el límite de 500 euros anuales (art. 10 Rgl).
Las cuotas colegiales se consideran gastos deducibles que restan de la base imponible. Su deducción en la declaración de la renta puede suponer un ahorro de entre el 20% y el 35% de la misma, según cada caso particular.
Las cuotas colegiales no suelen incluirse por defecto, así que tenga cuidado de no olvidarse de incluir las mismas.
A continuación, dejamos enlace de video explicativo desde el canal de AgenciaTributaria de Youtube. El video corresponde a la Renta 2017 pero no hay disponible otro más reciente desde su canal.
Como justificante del pago de la cuota colegial bastará el extracto bancario que refleja dicho pago, no obstante, puede solicitar al CLM a través del email colegio@logopedasmurcia.com, indicando su nombre completo y Nº de Colegiación, el certificado con la cantidad aportada durante el ejercicio 2018 en concepto de cuota colegial.
Gracias, un saludo.