COLÉGIATE

¿QUIÉNES DEBEN COLEGIARSE?

La colegiación es obligatoria para todas aquellas personas que ejerzan la profesión de Logopedia. Voluntariamente podrán colegiarse en situación de no ejerciente las personas que estén en posesión de la titulación requerida y, por algún motivo, no están en el ejercicio de la profesión.

¿CÓMO COLEGIARME?

  1. Revisa las diferentes modalidades de colegiación y elige la que se adapte a tu situación actual.
  2. Presentar la solicitud de colegiación debidamente cumplimentada y firmada, junto con la documentación necesaria (indicada en la primera página de la solicitud).
  3. Una vez presentada toda la documentación será revisada, y si procede, aprobada por la Junta de Gobierno en su próxima reunión (plazo máximo de resolución de 3 meses).

PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN:

  • Presencialmente: Una vez cumplimentada y firmada la solicitud de colegiación, junto con el resto de documentación, deberá solicitar cita previa a través de la web para acudir presencialmente a entregar la documentación. En este caso, deberá aportar original y fotocopia del título para poder proceder a su compulsa (gratuita).
  • Telemáticamente: Enviando por correo electrónico a colegio@logopedasmurcia.com (con el concepto COLEGIACIÓN más nombre y apellidos) toda la documentación digitalizada en formato PDF, salvo la fotografía que será en formato JPEG. La documentación deberá ir firmada electrónicamente mediante firma reconocida (certificado digital, DNIe,…) en todo los campos donde diga “firma”.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA COLEGIACIÓN:

  • COMÚN PARA TODAS LAS SITUACIONES:
    • Solicitud de colegiación debidamente cumplimentada y firmada.
    • DNI/NIE en vigor.
    • Título (en su defecto Resguardo o Certificado de expedición que indique la fecha de finalización) de Graduado/a en Logopedia, u homologación del título por parte del Ministerio de Educación.
    • Documento SEPA: Orden de domiciliación bancaria.
    • Consentimiento sobre Protección de Datos.
    • Fotografía tamaño carnet.
    • Justificante de pago de tasas y/o cuota. Ver anexo cuota de colegiación
  • EN CASO DE SITUACIÓN DE EJERCIENTE:
    • Copia del Contrato de trabajo (por cuenta ajena) o Alta en Autónomos de la Seguridad Social y Alta en Censo de Actividades Económicas de Hacienda (por cuenta propia).
    • Boletín de Adhesión a la póliza de seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio.
  • EN CASO DE TRASLADO DESDE OTRO COLEGIO:
    • Certificado de Obligaciones Colegiales del colegio de origen.

MODALIDADES DE COLEGIACIÓN

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COLEGIACIÓN ORDINARIA: Se debe estar en posesión de la titulación de Grado o Diplomado en Logopedia, u homologación del título por parte del Ministerio de Educación. Dentro de esta, la colegiación puede ser en situación de:

  • EJERCIENTE: Situación correspondiente a estar en el ejercicio de la profesión de Logopedia, ya sea en el ámbito público o privado, por cuenta propia o ajena. Incluye seguro de responsabilidad civil.
  • NO EJERCIENTE: En el momento de la colegiación no debe estar en el ejercicio de la profesión de Logopedia, ni realizar funciones propias del logopeda. Posteriormente, podrá solicitar el cambio a situación de Ejerciente.

 

COLEGIACIÓN NOVEL: Podrán acceder a esta modalidad aquellas personas que habiendo finalizado sus estudios de Grado en Logopedia y deciden colegiarse en los seis primeros meses desde la fecha de finalización del Grado, beneficiándose así de una tasa de inscripción más económica y cuota reducida durante los dos primeros años, indiferentemente de la situación. Dentro de esta, la colegiación puede ser en situación de:

  • EJERCIENTE: Situación correspondiente a estar en el ejercicio de la profesión de Logopedia, ya sea en el ámbito público o privado, por cuenta propia o ajena. Incluye seguro de responsabilidad civil.
  • NO EJERCIENTE: En el momento de la colegiación no debe estar en el ejercicio de la profesión de Logopedia, ni realizar funciones propias del logopeda. Posteriormente, podrá solicitar el cambio a situación de Ejerciente.

 

COLEGIACIÓN POR TRASLADO: Aquellas personas que estando colegiadas en cualquier otro Colegio Profesional de Logopedia de todo el territorio nacional y deciden realizar el traslado de expediente, teniendo su domicilio profesional principal en la Comunidad Autónoma de Murcia. El traslado debe tramitarse simultáneamente en ambos colegios. Dentro de esta, la colegiación puede ser en situación de:

  • EJERCIENTE: Situación correspondiente a estar en el ejercicio de la profesión de Logopedia, ya sea en el ámbito público o privado, por cuenta propia o ajena. Incluye seguro de responsabilidad civil.
  • NO EJERCIENTE: En el momento de la colegiación no debe estar en el ejercicio de la profesión de Logopedia, ni realizar funciones propias del logopeda. Posteriormente, podrá solicitar el cambio a situación de Ejerciente.

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SOLICITUDES DE CAMBIOS Y BAJAS

 

ORDEN SEPA DE DOMICILIACIÓN BANCARIA

BOLETÍN DE ADHESIÓN A LA PÓLIZA SEGURO RESPONSABILIDAD CIVI

 

INSCRIPCIÓN DE SOCIEDADES: En cumplimiento de los estatutos del 29 de Junio de 2013 en su artículo 17, donde se refiere a la obligatoriedad de la inscripción de las sociedades profesionales “Las sociedades que tengan por objeto social el ejercicio común de la actividad profesional de la logopedia o bien, aquellas sociedades multidisciplinares en las que dentro de su objeto social prestación de varias actividades, una de ellas sea la actividad profesional de la logopedia, deberán inscribirse en el Registro de Sociedades Profesionales del Colegio Oficial de Logopedas de la Región de Murcia creado al efecto de acuerdo a lo previsto en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 2/2007, de 15 de Marzo, de Sociedades Profesionales, cuando su domicilio social se encuentre en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia”

INSCRIPCIÓN SOCIEDADES EN REGISTRO COLEGIACIÓN